Por lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO NÚMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:PRIMERO: REVOCA la medida cautelar sustitutiva concedida en fecha 2 de Septiembre de 2002 a favor de JHOAN ENRIQUE SAYAGO LEAL, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de Identidad No V-16.232.976, de fecha de nacimiento 09 de Mayo de 1982, alfabeto, de profesión Estudiante, hijo de Rafael Enrique Sayazo (v) y Liria Esperanza Leal (v) residenciado en los Corredores de la Palmita Macuto No 01, Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, imputado por el delito de como ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal y la pena accesoria prevista en el artículo 33 del Código Eiusdem..SEGUNDO: Se Decreta la privación Judicial Preventiva de la Libertad de JHOAN ENRIQUE SAYAGO LEAL, .....