,DECIDE:PRIMERO: Se declara PRESCRITA la Acción Penal en consecuencia extinguida la misma y se Decreta el SOBRESEEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a favor de SENOBIA LEON, de nacionalidad Colombiana, con cédula No 60.407.718, natural de Capitanejo, Departamento de Santander del Sur, de 31 años de edad, nacida en fecha 07-09-1973, soltera, de Profesión u Oficio Obrera, residenciada en el Barrio Pinto Salinas, parte Alta, carrera 16 casa sin número, hija de María León, por el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, en perjuicio de CLAUDIA ASTRID GODOY y EL ESTADO VENEZOLANO.
SEGUNDO: Se exonera a la imputada al pago de costas, por haber hecho uso de la defensa pública, a tenor de lo establecido en los artículos 269 y 272 del Código Orgánico Procesal Penal.