ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, EN FUNCION DE JUICIO No 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
UNICO: REVOCA la Medida Cautelar Sustitutiva decretada por el Tribunal de Control en fecha 2 de Agosto de 2004, en consecuencia DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad contra PABLO ANTONIO CASTRO SANDOVAL, quien dice ser de nacionalidad Colombiana, nacido en fecha 18-12-81, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-88.254.885, natural de Cúcuta, Norte de Santander, República de Colombia, hijo de Ana Elda Sandoval y Pablo de la Cruz Castro, agricultor, con domicilio en La Libertad, Aguas Calientes, Cúcuta, Calle 25, N° 19-36; por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal vigente para la época de los hechos, en concordancia con el artículo 9 d.....