ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO DEL TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
UNICO: Niega la revisión de la Medida de Privación Judicial Preventiva de libertad decretada por el Tribunal 3ro de Control en fecha 30 de Diciembre de 2005, por tanto se mantiene invariable y con pleno efecto la misma al imputado NESTOR EDUARDO MOLINA VILLAN, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 18.090.334, soltero, de 21 años de edad, nacido 15-05-1984, de profesión comerciante, hijo de Carmen Rosa Villan (V) y Luis Alvares (V), residenciado palo gordo, calle el medio casa N° c-46, San Cristóbal, Estado Táchira, incurso en la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE ROBO O HURTO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores.
Notifíq.....