este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, extensión San Antonio del Táchira, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decide: UNICO: Declara con lugar la Medida de Protección solicitada por la Fiscalía 8 del Ministerio Público de San Antonio del Estado Táchira y la cual consistirá en proveerle a la ciudadana MARIA YORLEY ACEEDO CALDERON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 16-959.212, residenciada en la Urbanización Unidos por Junín, calle 1 N° 23 parte Alta El Tejar Rubio, Estado Táchira, por parte de funcionarios de la Policía del Estado Táchira, Ordena Patrullaje Policial permanente de la residencia de la ya mencionada ciudadana que deberá ser practicada por la Comisaría policial de san Antonio del Táchira, a los cuales se les informa lo dispuesto, a los fines de que concrete lo proveído judicialmente, informando a este Tribunal de su cumplimiento, todo.....