Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE: UNICO: DECLARA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano: BUCHELI JULIO ANTONIO, de nacionalidad Colombiana, de 38 años de edad, nacido, el 01/01/1962, estado civil, soltero, domiciliado en calle 3, de Madre Juana casa N° G-. 20, de San Cristóbal Estado Táchira, titular de la cédula de ciudadanía 16.882411, hijo de Claudio Cabrera (f) y de Martha Cecilia Bucheli (v) ; en virtud de haber finalizado el plazo de Régimen de Prueba celebrado entre las partes el día 27 de diciembre de dos mil, por la presunta comisión del delito de USO CONTINUADO DE CEDULA DE IDENTIDAD FALSIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 27 ordinal 3 de la Ley orgán.....