ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO contra el acusado DANNY JOSÉ LEÓN BUSTAMANTE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Caracas, Distrito capital, nacido en fecha 30 de agosto 1.975, de 34 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.685.631, soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Jorge León (v) y de Nora Bustamante (v), residenciado en la Zorca, Estado Táchira (no aporto mas detalles, por la comisión del delito de a quien el Ministerio Público atribuye la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el articulo 5, en concordancia con el artículo 6 N° 1,2,3,5, 10, 12, de la ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, en perjuicio de Jean Carlos Ca.....