PRIMERO: ADMITE PARCIALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el Ministerio Publico en contra de los imputados MORANTES CARREÑO ELKIN, identificado supra; por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE GUERRA previsto y sancionado en el articulo 274 del Código Penal; DETENTACIÓN DE MUNICIONES DE ARMA DE GUERRA; previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal; OCULTAMIENTO DE ARMA DE GUERRA previsto y sancionado en el articulo 274 del código penal, en concordancia con el articulo 9 sobre Armas y Explosivos, en concurso ideal del delito; de conformidad con lo previsto en el artículo 99 del Código Penal y para NERIO JUAN CARLOS, identificado supra, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE MUNICIONES DE ARMA DE GUERRA previsto y sancionado en el articulo 274 del Código Penal; OCULTAMIENTO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en el articulo 274 del Código Penal en concordancia con el articulo 9 sobre Armas y Explosivos, en concurso ideal del delito; d.....