En consecuencia, ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JU¬DICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RE¬SUELVE: Declara con lugar la revisión de la medida Cautelar sustitutiva de Libertad, sustituyéndola la medida cautelar sustitutiva de libertad, en contra del imputado ALEXANDER ANTONIO PERNIA PEREIRA, de nacionalidad Venezolano, natural de Caracas, titular de la cedula de identidad N°V.- 16.644.370, fecha de nacimiento 12-01-1979 de 30 años de edad, hijo de Elda del Carmen Pereira Osorio (v), y Antonio Pernia Martínez (f); residenciado en Bolivia parte alta, calle la Gonzalera, casa sin número, casa blanca, Rubio Municipio Junín, Estado Táchira, teléfono 0426-3759437 y 0276-3403440 (lugar donde labora), quien quedo detenido por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en.....