ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: Autoriza el depósito de la precitada Sustancia en la sala de evidencias de la Primera Compañía del mencionado Destacamento de Fronteras conforme a lo establecido en el artículo 118 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
SEGUNDO: Se Ordena la incautación preventiva del vehículo Marca Ford, Color azul, Modelo Ltd, Placas BAW-952,
TERCERO: Líbrese oficios a la Fiscalía 21 del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y al Destacamento de Fronteras N° 11 de la Guardia Nacional de Venezuela con sede en San Antonio del Táchira.
Regístrese, Notifíquese y déjese copia de la presente decisión.
ABG. RUBEN ANTONIO BELANDRIA PERNIA
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