En Consecuencia, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano MANUEL ALFREDO ANGARITA GAFARO, quien dice ser de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, nacido en fecha 22 de mayo de 1989, de 18 años de edad, hijo de Víctor Manuel Angarita (v) y de Nelly Cecilia Gáfaro (v) titular de la cedula de identidad N° V-18.762.656, soltero, de profesión u oficio estudiante, teléfono: 0276-6117930 Y 0416-8775164, residenciado en El Cafetal, calle 5 N° 1-45, Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, por la comisión del delito de ULTRAJE A FUNCIONARIO PUBLICO previsto y sancionado en el artículo 222 del Código Penal, por encontrarse llenos los extremos d.....