ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN LA FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: DECRETA el cese de toda medida cautelar otorgada al ciudadano JUAN CARLOS ROSALES MENDOZA, de nacionalidad venezolana, natural de Ciudad Rubio, Estado Táchira, nacido en fecha el día 22 de Enero de 1.985, de 21 años de edad, hijo de Balbina Mendoza de Rosales (v) y de Carlos Julio Rosales Jiménez (v) , titular de la cedula de identidad Nº V-16.958.176, de estado civil soltero, profesión u oficio obrero, residenciado en el Sector Los Limones, casa sin número, color de la casa verde, diagonal al Ministerio del Ambiente, Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, teléfono residencial 0276-6110118, a quien le atribuye la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION previsto y sancionado en el articulo 458 en concordancia con los.....