ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO contra el ciudadano JHON JAIRO MORA, quien dice ser de nacionalidad venezolana, natural de Santa Bárbara, Estado Zulia, nacido en fecha 09 de Diciembre de 1981, de 26 años de edad, titular de la cedula de identidad N° v-16.167.124, soltero, hijo de José Trinidad García (v) y de Altagracia Mora (v), de profesión u oficio Moto Taxista, residenciado en Llano de Jorge, Sector la Invasión, casa S/N, por detrás de la Iglesia, San Antonio, Estado Táchira, en la comisión del delito CONTRABANDO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 4 numeral 16 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, de conformidad a lo establecido en el numeral 2 del artí.....