PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión de los ciudadanos JOSE HUMBERTO TORRES RAMIREZ, de nacionalidad colombiano, natural de Cúcuta Colombia, titular de la cedula de ciudadanía 1090371224, nacido en fecha 28-09-1986, de 26 años de edad, hijo de José Humberto Torres (v) y Maritza Ramírez(v), casado, de profesión u oficio carpintero; sin residencia fija en el país; y JANNER IVAN AYALA RANGEL, de nacionalidad colombiano, natural de Cúcuta Colombia, titular de la cédula de ciudadanía 1090400329, nacida en fecha 17-09-1988, de 24 años de edad, hijo de Felicio Iván Ayala caballero (v) y Francelina Rangel Saavedra (v), soltero, de profesión u oficio comerciante, sin domicilio fijo en el país, por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del estado venezolano, por encontrarse llenos los extremos del artículo 234 del Código Orgánico Pro.....