ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el MINISTERIO PUBLICO contra el imputado ANGEL MELQUISIDE BLANCO MARTINEZ, venezolano, natural de San Antonio del Táchira, nacido el 10-10-1967, titular de la cédula de identidad N° V-8.985.073, residenciado en Barrio Pinto Salinas, vía el tanque, frente a la capilla, casa S/N, San Antonio, Estado Táchira; por la comisión del delito de AMENAZAS Y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los artículos 16 y 17 en concordancia con los artículos 4 y 5 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de LEMIRIS OSPINO FLORES; todo de conformidad con el artículo 330 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR EL REPRESENTA.....