En consecuencia, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JU¬DICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RE¬SUELVE: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE REVISIÓN DE LA MEDIDA realizada por la defensa a favor del imputado ANDRES FRANCISCO SALINAS RAMIREZ plenamente identificado en autos y le otorga una medida sustitutiva de la Privación Judicial de la Libertad, debiendo el imputado cumplir con las siguientes condiciones:.- Presentación una vez cada OCHO DIAS (8 DIAS ) por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial. 2.- Presentación de DOS FIADORES de reconocida solvencia moral y económica, quien deberán presentar al Tribunal los siguientes requisitos: a.- Fotocopia de la cédula de identidad, b.- Constancias de Residencia Y Buena Conducta, expedidas por la autoridad competente..-), el cual se compromete a cancelar por vía de.....