ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA EXTENSION SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO.- CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del ciudadano JHON JAIRO BAYONA CONTRERAS, Colombiano, nacido el día 19-03-1978, de 25 años de edad, casado, de profesión chofer, hijo de Luis Humberto Bayona y Ana Rosa Colmenares, titular de la cédula de ciudadanía colombiana N° 77.038.913, residenciado en el sector Bella Vista Libertad, Casa N° 36-40, Cúcuta República de Colombia, por la comisión del delito de CONTRABANDO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 4, ordinal 16, de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, en concordancia con el Parágrafo Único del artículo 5 eiusdem; por estar llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO.- ORDENA el trámite de la presente causa por el Procedimiento Abre.....