ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO DEL TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECIDE: UNICO: ACUERDA LA SOLICITUD DE PRORROGA para presentar el acto conclusivo en contra de la ciudadana CLAUDIA PATRICIA PINEDA PARRA, quien dice ser de nacionalidad colombiana, mayor de edad, natural de Tulúa Valle, nacida en fecha 15 de marzo de 1972, de 39 años de edad, hija de Ana Parra (v) y de Nolberto Pineda (v); titular de la cedula de ciudadanía No. V-66.719.646, soltera, de profesión u oficio costurera, residenciada: sin residencia en el país, a quien el Ministerio Público le imputa presuntamente la presunta comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, por el lapso de QUINCE (15) DÍAS CONT.....