CONDENA al acusado GARCIA LEON ENDER, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía colombiana N° 1092336604, natural de Cúcuta, Departamento Norte de Santander, República de Colombia, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, residenciado en la Carrera 1, Casa N° 1-23, Sector Viejo Escoal, Cúcuta, República de Colombia, a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISION, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal en su último aparte, y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal, en relación con el artículo 88 eiusdem; todo de conformidad con el artículo 376 de la norma adjetiva penal, y el artículo 74 ordinal 1° del Código Penal. Así mismo, se condena a las penas accesorias de ley previstas en el artículo 16 del código Penal y se exonera de las Costas Procesales en virtud a la gratuidad de la J.....