DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; a favor de la acusada: ANA MERCEDES ANDRADE ANDRADE, de nacionalidad venezolana, natural de Pregonero, Estado Táchira, nacida el 25/03/1972, de 33 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.281.119, de profesión u oficios del Hogar, soltera, hija de Maria Epifanía Andrade Andrade (v) y Juan Antonio Andrade (f), residenciada en El Junco, calle Principal, Capachito, cerca de un taller, Estado Táchira, a quien se le imputa la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVISIMAS, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal para la época de los hechos, siendo aplicable también el artículo 83 "ejusdem", en perjuicio de la ciudadana Teodolinda Ávila Ramos; de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 y artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal. Cesando así las condiciones bajo las cuales se les otorgó la Suspensión Condicional del Proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 319 del Código Or.....