CAPITULO V
Por los razonamientos anteriormente esbozados, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Número Nueve del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:----------------------------------------------
Primero: Se admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público contra el ciudadano CONTRERAS GARCÍA LUIS EUCLIDES, de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de Identidad N° V-8.108.071, natural de San Juan de Colón, Estado Táchira, nacido en fecha Once (11) de Diciembre de 1965, de 38 años de edad, comerciante, de estado civil casado, hijo de Cesar Contreras y María García, y residenciado en el Barrio Las Mercedes, calle 0, casa Nº 0-25, Colón, Estado Táchira; por la presunta comisión del delito de Contrabando de Introducción, previsto y sancionado en el artículo 104 ordinal 1º de la Ley Orgánica de Aduanas, en perjuicio del Fis.....