PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Trigésima Primera del Ministerio Público en contra del imputado LARRY HUMBERTO ZAMUDIO GELVEZ, de nacionalidad Venezolana, natural del San Cristóbal, Estado Táchira, nacido el 01/06/1990, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.133.965, de profesión u oficio vigilante, de estado civil soltero, hijo de No Suministro, residenciado en Cordero, Llano La Cruz, vía principal del Mercado, casa S/N, atrás de la línea, Municipio Andrés Bello del Estado Táchira; por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en concordancia con el articulo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, y HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el articulo 405 en concordancia con el articulo 80 segundo aparte del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JAVIER ALBERTO SALVADOR ROMERO, y JOSE MIGUEL GONZALEZ ROA, de.....