Por los razonamientos anteriormente esbozados, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Número Nueve del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve: ---------------------------------------------------------------------------------------------
Primero: Se admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra de la ciudadana HELNUY HALEY ROJAS de nacionalidad Venezolana, nacida en fecha 14/ 11 / 1968, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.154.151, con residencia en Llanitos vía Cordero, doscientos metros mas arriba de la Capilla del Divino Niño, cruzando a mano izquierda, en la entrada de Machirí, casa Nº A-103, ventanas y puertas de color blancas, teléfono 3961495, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuici.....