En consecuencia, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 9 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de WILLIAM ROMERO FORERO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, estudiante, titular de la Cédula de Identidad No. 16.123.938, soltero, residenciado en el Abejal de Palmira, vereda 6, parte alta, casa sin No. Municipio Guasimos, Estado Táchira, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZAS y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 16 y 17 de la Ley sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de ROMERO VIVAS TEODORO, por prescripción extraordinaria de la acción penal conforme lo previsto en el artículo 110 de Código Penal, concatenado con en el numeral 8 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, y el numeral 3 del .....