este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO NUEVE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
Primero: SE CALIFICA la aprehensión en FLAGRANCIA del ciudadano RAFAEL ANGEL MARIN MORENO, por considerar que se encuentran presentes los presupuestos previstos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en la presunta comisión como autor del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal, con la agravante genérica establecida en el artículo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio del niño R. S. B. (occiso)