Por las razones de hecho y de derecho establecidas, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Número Nueve del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:----------------------------------------------------------------------------------------------
Primero: Se Sustituye la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad por otra menos gravosa, impuesta al ciudadano ROA VELASCO ISRAEL , de nacionalidad venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V.-14.784.018, nacido en fecha 22-10-1978, de estado civil Soltero, agricultor, con residencias en el Piñal, la Ceiba, Estado Táchira y en el Cotufí, Finca los Laureles, Estado Apure y Barrio el Lobo, calle 3, entre carreras 3 y 4, residencias Doña Alix, casa Nº 5, detrás de Asogata, San Cristóbal, Estado Táchira, por la presunta comisión del tipo penal de HURTO CALIFICADO, previsto y .....