este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Número Nueve del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: CONDENA al acusado JOSE RAMON CACERES SANABRIA, quien es de nacionalidad colombiana, natural de Chinacota, Norte de Santander, República de Colombia, nacido en fecha 20-06-1969, de 38 años de edad, titular de la cédula de identidad N° E.- 88.001.495, de profesión u oficio comerciante, de estado civil soltero, residenciado en el Abejal de Palmira, vereda 8 bis, bajando del Club el Chicarán, casa sin numero, Municipio Guásimos, Estado Táchira, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y SEIS MESES DE PRISION, conforme al procedimiento establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal; por la comisión de los delitos de AMENAZA CON ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el derecho a las Mujeres a una vi.....