Primero: Se admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público contra del ciudadano JOSÉ MANUEL GUERRA DUARTE, por la presunta comisión del delito APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR PROVENIENTE DE HURTO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley de Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio del ciudadano José Gregorio Pernía Capo.--------------------------------------------------------
Segundo: Se admiten la totalidad de medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público y por la defensa descritos pormenorizadamente en el escrito de acusación, por ser de obtención lícita, pertinentes al marco fáctico del juicio, necesarios para la formalización y obtención de la verdad y de incorporación legal al debate; excepto los referidos a: 1.- Acta de Procedimiento Nº 074, de fecha 23 de Abril de 2004 y 2.- Audiencia de Calificación de Flagrancia y Medida de Coerción Personal, por cuanto las mismas no pueden ser incorporados a juicio por su lectura, de confor.....