este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO NUEVE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY RESUELVE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del imputado MONTILVA CRIOLLO JACKSON MANUEL, quien dice ser Venezolano, natural de Queniquea, Municipio Sucre, Estado Táchira, Titular de la Cedula de Identidad Nº V.- 18.018.012, de 20 años de edad, nacido en fecha 03-12-1986, soltero, Estudiante, hijo de Ana Gisela Criollo Montilva (v) y de Cándido Antonio Montilva Sánchez(v), residenciado en Conjunto Residencial San Josecito, Sector Los Andes, calle 1 con carrera 1, casa 1-14, Municipio Torbes del Estado Táchira, el cual encuadra en la tipificación penal de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en perjuicio del Orden Publico; por estar satisfechos los extremos del artículo 44 ordinal 1º de la Constitución.....