Primero: Se Mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, decretada en fecha 26 de enero de 2005, al ciudadano JOSÉ ANTONIO SANABRIA, de nacionalidad venezolana, Natural de San Felipe, Estado Yaracuy, Titular de la Cédula de Identidad N° V.-7.511.281, nacido el 13 de Junio de 1960, de 44 años de edad, de estado civil Soltero, Zapatero, hijo de Miguel Vásquez (f) y de María Nicolasa Sanabria (f), con residencia en San Josecito, Calle Venezuela, Sector E, casa sin número frisada, cerca de una bodega, Estado Táchira; por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ANGEL SMITH RIOS, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 ordinales 1º, 2º y 3 del Código Orgánico Procesal Penal. -------------------------------------------
Segundo: Quedan debidamente notificadas las partes asistentes e la audiencia preliminar fijada para el día 14 de Febrero de 2005, a las.....