este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Número Nueve del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
Primero: Se admite parcialmente la acusación presentada por el Ministerio Público contra el ciudadano DEMETRIO RICO RAMÍREZ, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el Artículo 278 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano.
Segundo: Se admiten la totalidad de medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público, descritos pormenorizadamente en el escrito de acusación, por ser de obtención lícita, pertinentes al marco fáctico del juicio, necesarios para la formalización y obtención de la verdad y de incorporación legal al debate.
Tercero: Se le impone al ciudadano DEMETRIO RICO RAMÍREZ, de nacionalidad venezolano, de 46 años de edad, fecha de nacimiento 29-11-1959, titular de la cédula de i.....