PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE la Acusación presentada por la Fiscalía 16 del Ministerio Público, en contra del imputado JOSE ALVARO CHAUSTRE ALVERNIA, venezolano, natural de Coloncito, Estado Táchira, nacido en fecha 19/11/1986, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad V.-18.121.942, de profesión u oficio Albañil, domiciliado en Coloncito, calle 12, Barrio Ruiz Pineda, como a siete casas mas arriba de la Unidad de Transito, Estado Táchira; a quien el Ministerio Público le imputa la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA Y LESIONES INTENCIONALES LEVISIMAS, previstos y sancionados en los artículos 17 en concordancia con el artículo 21 numeral 4º de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia y 417 del Código Penal respectivamente, en perjuicio de María Consolación Urrea Parra, de conformidad con el artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE LAS PRUEBAS presentadas por el Ministerio Público, por consid.....