Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve: -----------------------------------------------
Primero: Se admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra de WILENDER ANTONIO RONDON ARSOLAY, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal.------------------------------------
Segundo: Se admiten los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público, por ser de obtención lícita, pertinentes al marco fáctico del juicio, necesarios para la formalización y obtención de la verdad y de incorporación legal al debate. --------------------------
Tercero: Inadmite el Beneficio de la Suspensión Condicional del Proceso, para WILENDER ANTONIO RONDON ARSOLAY, por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 5º del Código Penal, en razón que tal beneficio está excluido por la Ley .....