Se admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público contra el ciudadano LUIS FELIPE GAUTA HEVIA, por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, en perjuicio del Orden Público. ------
Se admiten la totalidad de medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público, descritos pormenorizadamente en el escrito de acusación, por ser de obtención lícita, pertinentes al marco fáctico del juicio, necesarios para la formalización y obtención de la verdad y de incorporación legal al debate. Por aplicación del Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos, se condena al acusado Luis Felipe Gauta Hevia, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, por lo que se le impone la pena de Un (01) año y Seis (06) meses de prisión. Se condena al ciudadano Luis Felipe Gauta Hevia a sufrir las penas accesorias previstas en el ar.....