CAPITULO V
Con base en las razones de hecho y de derecho establecidas, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve: -------------------------------------
Primero: SE CALIFICA la aprehensión en FLAGRANCIA del ciudadano MADERA CASTELLANOS WALTER LUIS ANGEL, por considerar que están vigentes los presupuestos previstos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado y Privación Ilegitima de la Libertad, previstos y sancionados en los artículos 460 y 175 del Código Penal.------------
Segundo: Se DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano MADERA CASTELLANOS WALTER LUIS ÁNGEL, de nacionalidad venezolana, Natural de San Cristóbal, Estado Táchira, Titular de la Cédula de Identidad N° V.-15.456.325, nacido el 02 de novi.....