PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL, presentada en contra del imputado BELISMAR EDUARDO RIVAS RIVAS, de nacionalidad Venezolana, natural de Vigía, Estado Mérida, de estado civil casado, nacido en fecha 16-07-1979, de profesión u oficio chofer, titular de la cédula de identidad N° V- 14.250.161, de 29 años de edad, domiciliado en el Barrio Antonio José de Sucre, calle 14 con carrera 10, casa N° 5-22, Capacho, Independencia, Estado Táchira, teléfono 0416-1191594, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Maria Carolina Calderón Picos, al cumplir la misma con lo establecido en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal y de conformidad con el artículo 330 ordinal 2° "ejusdem". SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público, en su escrito de acusación, en el capitulo quinto, de l.....