PRIMERO: Decreta la extinción de la acción penal de la causa seguida a PINEDA FORERO JAGLIN YOVEL quien es de nacionalidad venezolano, portador de la cédula de identidad N° 19.578.302, de estado civil soltero; por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra El Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano; de conformidad con el artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se decreta el sobreseimiento de la causa al ciudadano PINEDA FORERO JAGLIN YOVEL, quien es de nacionalidad venezolano, portador de la cédula de identidad N° 19.578.302, de estado civil soltero; por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra El Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en per.....