En mérito de lo brevemente expuesto, El Tribunal en funciones de control N° 8, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
RESUELVE:
1.- MANTENER la Medida de Privación de Libertad dictada contra LUIS ERNESTO VIVAS DELGADO;
2.- Contra el presente auto no procede recurso alguno según voces del artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
En San Cristóbal, a los quince (15) días del mes de abril del año dos mil cinco.
Cópiese y cúmplase,
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