RESOLVIO:
1. Decretar como medida de coerción personal PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD respecto al imputado IVAN DARIO CHACON, de condiciones civiles y personales, a quien el Ministerio Público le atribuye la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que se dejaron consignadas en la providencia.
2. DECLARAR que el imputado IVAN DARIO CHACON fue sorprendido en estado de FLAGRANCIA, debiendo la causa continuar por el procedimiento ABREVIADO, de conformidad con lo solicitado por el ciudadano Fiscal.
3. Emítase la respectiva Boleta de Privación del imputado IVAN DARIO CAHCON dirigida a la ciudadana Directora del Centro Penitenciario de Occidente.
4. A fin de cumplir con el principio de Preclusión de los Lapsos Procesales una vez vencido el lapso de apelación. REMI.....