DISPOSITIVO
En consecuencia por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO OCHO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra de las imputadas IDALMIS LISBETH DEPABLOS PRIETO, venezolana, fecha de nacimiento 30/08/1976, titular de la cedula de identidad N° V- 13.147.066, MARICELA SERRANO venezolana, fecha de nacimiento 26/09/1973, titular de la cedula de identidad N° V- 121.632.119 y LEYLIS THAIS SILVA SERRANO venezolana, fecha de nacimiento 05/01/1979, titular de la cedula de identidad N° V- 15.856.941; por la comisión del delito de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA EN GRADO DE CONTINUIDAD, previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal, en concordancia con los artículos 99 y 83 eiusdem, en perjui.....