PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra de los imputados AMILCAR FRANCISCO RUALES, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el artículo 45 primer aparte de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia; y, contra YENIFER SIRLEY ZAMBRANO VIVAS, por la comisión del delito de OMISION DE DENUNCIA, previsto y sancionado en el articulo 275 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes; al cumplir con lo establecido en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal y de conformidad con el artículo 330 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público, especificadas en el escrito acusatorio, en el capitulo intitulado medios probatorios ofrecidos, por ser licitas, necesarias y pertinentes para el debate oral, de conformidad con lo previsto en el artículo 330 ordinal 9° d.....