En mérito de los expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control Nº 8 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
RESUELVE
PRIMERO: Se admite la solicitud fiscal de sobreseimiento (abstención de acusar) de la causa por la presunta comisión del delito de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, por cuanto el hecho imputado a los ciudadanos Alfredo Fuentes Carreño, Humberto Zambrano Belandría, Renato José Valero, Ana Lisbeth Contreras Chacón y Carmen Josefina Morantes, NO SE REALIZO.
Notifíquese a las partes de la presente decisión.