Siendo las 10:00 a.m., se trasladó este Juzgado Ejecutor y se constituyó en la Aldea Venegara en las adyacencias de la Capilla de San Isidro, Municipio Jáuregui. Se notificó de la presencia del Tribunal y de su objeto a la demandada Geraldine Andrea Apolinar Trujillo, C.I. N° V-19.026.689; por la parte demandante estaba la Abogada Rocío Andreina Pernía García, C.I. N° V-16.788.635, IPSA N° 145.449. Se le concedió el derecho a la defensa y transcurrido el lapso concedido manifestó que no se hacia asistir de abogado. Se designó como Perito Avaluadora a la ciudadana: Ana Elizabeth Ramírez Contreras, C.I. N° V-15.862.929 y como depositario provisional al ciudadano Richer Eduardo Moncada Contreras, C.I. N° V-9.334.564, quienes impuestos de sus deberes y derechos aceptaron el nombramiento y prestaron el juramento de ley. Acto seguido la Abogado demandante solicito al Juez ejecutor suspender la práctica de la medida por cuanto la demandada le planteo la opción de un convenimiento de pago ava.....