El Tribunal se constituyó en el inmueble de marras y practicó el embargo ejecutivo sobre el 50% de los bienes señalados por la parte actora, los cuales son propiedad de la demandada. Se devolvió al Juzgado Ejecutor distribuidor en el Estado Táchira a solicitud del demandante, toda vez que aún faltan bienes por embargar. se cumplio a cabalidad.