PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadanos FRANK REINALDO DUQUE FARRERAS y ENDER STAYLIN RIVAS SOTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-11.998.260 y V-17.340.298 en su orden y domiciliados en el Municipio Libertador del Estado Mérida; en su carácter de PROPIETARIO y CONDUCTOR respectivamente, del vehículo identificado en el Informe de Accidente de Tránsito Terrestre con el N° 1, GC024T; SERIAL DE CARROCERÍA: 9FBLB1R0D8M000873; SERIAL DEL MOTOR: P743Q077039; MARCA: RENAULT; MODELO: SYMBOL; AÑO: 2008; COLOR: BLANCO; CLASE: AUTOMOVIL; TIPO: SEDAN; USO: TRANSPORTE PÚBLICO; SERVICIO: TAXI; de conformidad con lo establecido en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA instaurada por el ciudadano JESÚS EDUARDO MOLINA GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.790.201 y domiciliado en el Municipio Cárdenas del Estado Táchira, en su carácter de .....