ÚNICO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el abogado JAVIER REY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.227.096 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 129.352, domiciliado en el Municipio San Cristóbal, contra el ciudadano JOSÉ ANGEL MEDINA RUBIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.156.242 y domiciliado en el Municipio Libertad del Estado Táchira, por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, los cuales serán determinados por el Tribunal Retasador y deberán ser previamente indexados a través de una experticia complementaria del fallo.
Una vez quede firme la presente decisión procédase con el nombramiento de los jueces retasadores, tal como lo disponen los artículos 25 y 27 de la Ley de Abogados.