PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA del ciudadano JESUS ALBERTO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.246.591 y con domicilio en el Municipio San Cristóbal, de conformidad con lo establecido en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada a favor de la niña ..., por la ciudadana MAGALY HIGUERA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.516.493 y domiciliada en el Municipio Libertad del Estado Táchira, contra el ciudadano JESUS ALBERTO HERNANDEZ, ya identificado.
TERCERO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de CIENTO OCHENTA BOLÍVARES (Bs.180,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros que este Tribunal ordenará abrir para tal fin, a partir del mes de Octubre de 2009.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada escolar y la de navidad, se fija una cuota .....