DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCION presentada por la ciudadana LILIANA VIVAS DE PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.099.573, domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Táchira, contra el ciudadano RICHARDSON PACHECO BORRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.708.576 y domiciliado en el Municipio Independencia del Estado Táchira.
SEGUNDO: CON LUGAR el Ofrecimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCION presentado por el ciudadano RICHARDSON PACHECO BORRERO, ya identificado.
TERCERO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION en la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs.500,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros que este Tribunal ordenará abrir para tal fin, a partir del mes de Marzo de 2013.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada Escolar (Agosto) y Decembrina el padre cubrirá el 100% de todos los gas.....