PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana MARGARITA ORTIZ URIBE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 21.342.318 y domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira en su carácter de PROPIETARIA ARRENDADORA, contra el ciudadano JINMY MANUEL BAYONA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 10.147.705, y domiciliado en el Municipio Independencia del Estado Táchira, en su carácter de ARRENDATARIO, por DESALOJO.
SEGUNDO: SE CONDENA al ciudadano JINMY MANUEL BAYONA LOPEZ, ya identificado, a hacerle entrega a la ciudadana MARGARITA ORTIZ URIBE, también identificada, del inmueble objeto del contrato verbal de arrendamiento, ubicado en El Valle, Aldea Roscio, casa sin número, Municipio Independencia del Estado Táchira, el cual tiene una extensión de nueve (9) metros de frente por treinta (30) metros de fondo, cuyos linderos y medidas son: NORTE: Con María Reyes Velazco viuda de Rincón; SUR: Con Inés Rincón; ESTE:.....