Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en virtud del INTERÉS SUPERIOR del niño xxxxxxxxxxxxxxxx (se omite de conformidad con el artículo 65 de la LOPNA) , DECLARA:
PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 374 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, SE ORDENA al demandado, ciudadano JOVANNY ALEXANDER ALFONSO CASTRO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-14.785.762, el PAGO INMEDIATO de la suma total de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,00) por concepto de pensiones vencidas y no pagadas, correspondientes a los meses de agosto y septiembre 2008; el cual DEBERÁ DESCONTARSE DIRECTAMENTE DEL MONTO DE LAS PRESTACIONES SOCIALES que se encuentran pendientes por cancelar.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecid.....